Resumen: Proceso civil: prueba y recursos

Esquema del Curso

  1. Estructura del proceso civil
  2. Conciliación previa
  3. Diligencias preliminares
  4. Medidas cautelares
  5. Demanda y documentos
  6. Admisión y litispendencia
  7. Acumulación procesal
  8. Litispendencia y acumulación procesal
  9. Actitudes del demandado
  10. Contestación y reconvención
  11. Concepto y objeto de la prueba
  12. Medios y práctica probatoria
  13. Sentencia y fase decisoria
  14. Recursos contra resoluciones
  15. Ejecución forzosa

1. Estructura del proceso civil

Conceptos clave y definiciones

  • Procedimiento civil: es el conjunto de actos procesales que comienza con la demanda y termina con una resolución judicial que pone fin al conflicto.
  • Fases del proceso civil: son agrupaciones de actos procesales organizadas para desarrollar y resolver el procedimiento.

★ Imprescindible

  • El proceso civil comprende estas fases:
    • fase preparatoria
    • fase inicial
    • fase probatoria
    • fase decisoria
    • fase de impugnación
    • fase ejecutiva

Complementos

📌 La fase preparatoria busca evitar el procedimiento o prepararlo y asegurar una futura sentencia, mientras que la fase inicial fija las posiciones de las partes y el objeto del proceso.

Truco mnemotécnico

Preparar → iniciar → probar → decidir → impugnar → ejecutar

2. Conciliación previa

Conceptos clave y definiciones

  • Conciliación: es el acto por el que personas físicas o jurídicas con una controversia acuden al LAJ o al juez de paz para intentar alcanzar un acuerdo o transacción.

★ Imprescindible

  • La conciliación es obligatoria únicamente para interponer una querella por injurias o calumnias contra particulares, que no se admite sin acreditar que se intentó la conciliación o que terminó sin efecto.

  • La solicitud de conciliación debe identificar a las partes, sus domicilios, el objeto de la conciliación y la fecha, y puede acompañarse de documentos; no es necesaria la intervención de abogado ni procurador.

  • El LAJ o el juez de paz debe resolver sobre la admisión y citar a los interesados dentro de los cinco días hábiles siguientes a la solicitud, con al menos cinco días entre la citación y el acto, que debe celebrarse como máximo diez días después de la admisión.

  • El acuerdo alcanzado en conciliación puede ejecutarse con el testimonio del acta y de la resolución que lo aprueba, y la acción de nulidad por causas que invalidan los contratos debe ejercitarse en quince días.

Complementos

  • La conciliación está regulada por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de jurisdicción voluntaria, y por los artículos 139 a 148.

Truco mnemotécnico

Acuerdo voluntario frente a procedimiento contencioso

3. Diligencias preliminares

Conceptos clave y definiciones

  • Diligencias preliminares: son actuaciones procesales destinadas a obtener información necesaria para preparar un proceso en defensa de derechos o intereses legítimos.

★ Imprescindible

  • Es competente para las diligencias preliminares el juzgado de primera instancia o mercantil del domicilio de la persona que deba declarar, exhibir o intervenir.

  • El solicitante debe ofrecer caución para responder de los gastos y daños causados, y la caución puede perderse si no presenta la demanda dentro de un mes desde la terminación de las diligencias sin justificación suficiente.

  • La persona requerida puede oponerse a las diligencias preliminares dentro de los cinco días siguientes a la citación, y la resolución sobre la oposición es apelable cuando la oposición se considera justificada.

Complementos

  • La solicitud de diligencias preliminares se resuelve en cinco días, la caución debe prestarse en tres días desde la concesión y la diligencia debe practicarse dentro de los diez días siguientes al requerimiento.

Truco mnemotécnico

Información previa → demanda mejor preparada

4. Medidas cautelares

Conceptos clave y definiciones

  • Medidas cautelares: son actuaciones destinadas a asegurar la efectividad de la tutela judicial que pueda concederse en una sentencia estimatoria.

★ Imprescindible

  • Las medidas cautelares solo pueden adoptarse a solicitud de parte y el tribunal no puede acordar medidas más gravosas que las solicitadas.

  • Una medida cautelar debe ser idónea para asegurar la futura tutela judicial y no debe poder sustituirse por otra igualmente eficaz y menos gravosa para el demandado.

  • Cuando las medidas cautelares se adoptan antes de la demanda por razones de urgencia, la demanda debe presentarse dentro de los veinte días siguientes.

  • Como regla general, el demandado debe ser oído antes de acordar la medida cautelar, pero el tribunal puede acordarla sin audiencia cuando exista urgencia o riesgo para su eficacia, mediante resolución dictada en cinco días.

Complementos

  • Entre las medidas cautelares se incluyen:
    • embargo preventivo
    • administración o intervención judicial
    • depósito de bienes muebles
    • anotación preventiva de demanda
    • suspensión de acuerdos sociales impugnados

📌 Si la medida cautelar se adoptó sin audiencia, el demandado puede formular oposición dentro de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución.

Truco mnemotécnico

Un escudo protege la futura sentencia

5. Demanda y documentos

Conceptos clave y definiciones

  • Demanda: es el acto procesal del actor que inicia el procedimiento, delimita la acción y el objeto del proceso y concreta la petición dirigida al órgano judicial.

★ Imprescindible

📌 La demanda ordinaria contiene invocación, encabezamiento, fundamentación fáctica y jurídica y petitum, mientras que la demanda sucinta contiene invocación, encabezamiento y petitum, sin fundamentación.

  • Los documentos procesales incluyen: poder del procurador, documentos de representación, documentos o dictámenes sobre el valor litigioso

  • Los documentos de fondo comprenden: documentos en que se funda la pretensión, medios de reproducción de palabra, sonido o imagen, certificaciones y actuaciones, dictámenes periciales, informes de investigadores privados

📌 La falta de documentos de fondo en el momento de presentar la demanda provoca, como regla general, la preclusión de la posibilidad de aportarlos posteriormente, salvo documentos posteriores o que no pudieron obtenerse por causas no imputables al actor.

Complementos

  • En los juicios verbales de cuantía inferior a 2.000 euros, el actor puede interponer la demanda sucinta mediante formularios disponibles en las sedes judiciales.

Truco mnemotécnico

Partes → hechos y fundamentos → petitum → documentos

6. Admisión y litispendencia

Conceptos clave y definiciones

  • Litispendencia: es el conjunto de efectos materiales y procesales producido por la admisión de la demanda.

★ Imprescindible

  • Tras presentar la demanda, el LAJ puede admitirla mediante decreto, requerir la subsanación de defectos procesales en diez días o dar cuenta al juez para que la inadmita mediante auto cuando falten documentos exigidos especialmente por la ley.

📌 La regla general es admitir la demanda, y solo puede inadmitirse por causas expresamente previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

  • Los efectos procesales de la litispendencia incluyen la iniciación del procedimiento, la perpetuación de la jurisdicción y la prohibición de introducir cambios derivados de alteraciones posteriores.

Complementos

  • Los efectos materiales incluyen: interrupción de la prescripción civil, consideración del objeto como bien litigioso, liberación del deudor solidario solo mediante pago al demandante, nacimiento de la obligación de pagar intereses

Truco mnemotécnico

Admisión de la demanda → litispendencia

7. Acumulación procesal

Conceptos clave y definiciones

  • Acumulación de acciones: permite tramitar en una única demanda y procedimiento varias acciones del demandante contra uno o varios demandados.
  • Acumulación de procesos: reúne varios procesos para favorecer la economía procesal y evitar resoluciones contradictorias.

Puntos esenciales

  • La acumulación de acciones se clasifica en:
    • simple
    • eventual
    • subjetiva
    • objetiva

Truco mnemotécnico

Varias acciones en un proceso frente a varios procesos reunidos

8. Litispendencia y acumulación procesal

★ Imprescindible

  • Los efectos procesales de la litispendencia son el inicio del procedimiento, la perpetuación de la jurisdicción y la prohibición de introducir cambios en la demanda por alteraciones posteriores.

  • Los efectos materiales de la litispendencia son: la interrupción de la prescripción civil, la consideración del objeto del pleito como bien litigioso, la liberación del deudor solidario solo si paga al demandante, el nacimiento de la obligación de pagar intereses

📌 La acumulación de acciones reúne en una única demanda y procedimiento varias acciones, mientras que la acumulación de procesos reúne procedimientos conectados para evitar resoluciones contradictorias.

Complementos

  • La acumulación de acciones puede ser:
    • simple
    • eventual
    • subjetiva
    • objetiva

Truco mnemotécnico

Demanda admitida → litispendencia → efectos procesales y materiales

9. Actitudes del demandado

Conceptos clave y definiciones

  • Rebeldía: la situación del demandado que presenta ausencia inicial e inactividad total en el procedimiento

Puntos esenciales

  • El demandado puede adoptar una actitud activa contestando la demanda o una actitud pasiva mediante rebeldía o falta de contestación.

📌 Solo el demandado puede ser declarado en rebeldía, y la declaración requiere una citación positiva o por edictos y el transcurso del plazo para contestar.

📌 La declaración de rebeldía impide alegar nuevos hechos o aportar documentos, establece notificaciones por edictos hasta la resolución final y no suspende el procedimiento.

  • En el procedimiento ordinario el demandado dispone de 20 días para contestar, mientras que en el procedimiento verbal dispone de 10 días.

Truco mnemotécnico

Rebeldía = ausencia total; falta de contestación = comparecencia sin responder

10. Contestación y reconvención

Conceptos clave y definiciones

  • Contestación a la demanda: el instrumento procesal mediante el cual el demandado ejerce su defensa y fija definitivamente el objeto del proceso iniciado con la demanda
  • Reconvención: el ejercicio por el demandado, dentro del mismo procedimiento, de acciones propias frente al demandante

★ Imprescindible

  • La contestación debe contener:
    • identificación del juzgado y procedimiento
    • fundamentación fáctica y jurídica
    • excepciones procesales y materiales
    • petición de absolución
    • postulación cuando sea necesaria

📌 La defensa niega clara e individualizadamente los hechos sin introducir hechos nuevos, el allanamiento reconoce los hechos total o parcialmente y la oposición aporta nuevas circunstancias de forma o de fondo.

Complementos

📌 La reconvención exige conexión entre las acciones, competencia del juzgado para conocer de la acción reconvencional y trámites análogos, y debe formularse expresamente con estructura de demanda.

Truco mnemotécnico

Defensa niega, allanamiento reconoce y oposición aporta hechos nuevos

11. Concepto y objeto de la prueba

Conceptos clave y definiciones

  • Prueba procesal: el intento de convencer al juez sobre la existencia de determinados hechos o afirmaciones discutidos en el proceso

★ Imprescindible

  • Las fuentes de prueba son elementos de la realidad preexistentes e independientes del proceso, mientras que los medios de prueba son actividades procesales que incorporan esas fuentes al procedimiento.

  • Pueden probarse los hechos relacionados con el litigio, salvo los hechos negativos sustanciales y los hechos moral o físicamente imposibles.

  • En general, la carga de la prueba corresponde a quien afirma un hecho no admitido por la parte contraria.

Complementos

  • La prueba también puede recaer sobre el costumbre y el derecho extranjero; la costumbre no necesita prueba si las partes aceptan su existencia y contenido y no afecta al orden público, mientras que el derecho extranjero debe probarse en cuanto a contenido y vigencia.

Truco mnemotécnico

Fuente preexiste fuera del proceso; medio incorpora la prueba al proceso

12. Medios y práctica probatoria

★ Imprescindible

  • Los medios de prueba principales son:

    • interrogatorio de las partes
    • documentos públicos
    • documentos privados
    • dictámenes de peritos
    • reconocimiento judicial
    • interrogatorio de testigos
  • 🔄 El orden ordinario de práctica es:

    1. interrogatorio de las partes
    2. interrogatorio de testigos
    3. declaraciones o dictámenes de peritos
    4. reconocimiento judicial
    5. reproducción de palabras, imágenes y sonidos

📌 La prueba debe inadmitirse cuando sea impertinente, inútil para esclarecer los hechos controvertidos o esté prohibida por la ley.

  • La prueba se propone, se admite y se practica; en el juicio verbal se propone en la vista y en el ordinario en la audiencia previa.

Complementos

  • También se admiten medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como instrumentos para archivar o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas relevantes para el proceso.

Truco mnemotécnico

Proposición → admisión → práctica → valoración

13. Sentencia y fase decisoria

Conceptos clave y definiciones

  • Sentencia: la resolución judicial dictada por el juez o tribunal que pone fin al proceso

★ Imprescindible

📌 La prueba legal o tasada atribuye plena eficacia al interrogatorio no contradicho sobre hechos personalmente vividos y a documentos no impugnados, mientras que la libre valoración deja al juez un amplio margen de apreciación.

📌 La sentencia debe ser clara, precisa y congruente con la demanda y las pretensiones de las partes, y no puede resolver cuestiones ajenas al debate procesal.

  • Las sentencias se clasifican: en estimatorias o desestimatorias, en definitivas o firmes, en meramente declarativas, constitutivas o de condena

Complementos

  • Toda sentencia debe estar motivada e incluir antecedentes de hecho, fundamentos de derecho, decisión, lugar y fecha, tribunal, firma e indicación de los recursos posibles y sus plazos.

Truco mnemotécnico

Prueba legal limita; libre valoración permite ponderar la casuística

14. Recursos contra resoluciones

Conceptos clave y definiciones

  • Recursos: actos procesales dirigidos a obtener un nuevo examen total o parcial de una resolución judicial no firme que la parte considera incorrecta o errónea

★ Imprescindible

  • Los recursos no devolutivos los resuelve el mismo órgano que dictó la resolución, mientras que los devolutivos los resuelve un órgano judicial superior.

  • El recurso de reposición procede contra diligencias de ordenación, decretos no definitivos, providencias y autos no definitivos, y no suspende la resolución recurrida.

  • El recurso directo de revisión procede contra decretos que ponen fin al procedimiento o impiden su continuación y tampoco tiene efectos suspensivos.

  • El recurso de apelación procede contra sentencias, salvo las dictadas en juicios verbales por razón de la cuantía cuando esta no supere 3.000 euros, y contra autos definitivos.

  • El recurso de apelación se interpone ante el tribunal que dictó la resolución dentro de 20 días desde el día siguiente a su notificación, y el órgano superior lo resuelve mediante sentencia o auto.

📌 El recurso de casación se funda en la infracción de normas jurídicas aplicables al proceso y procede, entre otros casos, cuando la cuantía excede de 600.000 euros o existe interés casacional.

Complementos

  • El recurso extraordinario por infracción procesal procede contra sentencias y autos de las audiencias provinciales por infracción de jurisdicción o competencia, normas procesales de la sentencia, normas cuya infracción cause nulidad o indefensión, o derechos fundamentales del artículo 24 de la Constitución.

Truco mnemotécnico

RRACQ: reposición, revisión, apelación, casación y queja

15. Ejecución forzosa

Conceptos clave y definiciones

  • Ejecución forzosa: la actividad jurisdiccional destinada a satisfacer el derecho del ejecutante reconocido en un título ejecutivo y sustituir la inactividad del ejecutado

Puntos esenciales

  • La LEC clasifica los títulos ejecutivos en títulos judiciales, títulos no judiciales sometidos a normas de ejecución judicial y títulos sometidos a normas de ejecución no judicial.

  • La ejecución comienza mediante demanda ejecutiva a la que se incorpora la resolución o el título con fuerza ejecutiva y los documentos exigidos por la LEC.

📌 Admitida la demanda ejecutiva y subsanados los defectos, el tribunal dicta un auto con la orden general de despacho de ejecución, las personas afectadas, el carácter solidario o mancomunado y la cantidad u obligación objeto de condena.

Truco mnemotécnico

Incumplimiento voluntario → demanda ejecutiva → realización forzosa del patrimonio

Tablas de síntesis

Fases del proceso civil y finalidad

FaseFinalidad
PreparaciónEvitar o preparar el procedimiento y asegurar la futura sentencia
InicialPlantear las posiciones y fijar el objeto del proceso
ProbatoriaAcreditar los hechos alegados
DecisoriaValorar la prueba y resolver
ImpugnaciónRevisar una resolución recurrible
EjecutivaObtener el cumplimiento forzoso de una resolución favorable

Actitudes del demandado

ActitudConductaEfecto principal
RebeldíaNo comparece ni contestaPreclusión de alegaciones y documentos; el proceso continúa
Falta de contestaciónComparece, pero no contestaPuede intervenir después para probar los hechos alegados
DefensaNiega los hechos sin añadir otrosContesta la pretensión del actor
AllanamientoReconoce los hechosPuede ser total o parcial
OposiciónAlega nuevas circunstanciasInvoca motivos procesales o materiales

Ponte a prueba

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1. ¿Qué delimita el procedimiento civil desde su inicio hasta su conclusión?

2. ¿Qué fase del proceso civil puede no llegar a desarrollarse porque depende de que sea necesario ejecutar la resolución?

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Repasa con flashcards

Memoriza los conceptos clave de Proceso civil: prueba y recursos con 10 flashcards interactivas.

¿Qué es el procedimiento civil?

Es el conjunto de actos procesales desde la demanda hasta la resolución judicial.

¿Qué es la conciliación según la ley?

Es el acto para intentar un acuerdo entre partes con controversia ante LAJ o juez de paz.

¿Para qué querellas es obligatoria la conciliación?

Para querellas por injurias o calumnias contra particulares.

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