1. ¿Quién puede plantear una cuestión de confianza ante el Congreso y qué actuación previa debe realizar?
El Presidente del Gobierno, tras deliberar con el Consejo de Ministros
Explicación
La iniciativa corresponde al Presidente del Gobierno y debe plantearse tras la deliberación del Consejo de Ministros. La intervención del Congreso como iniciador confunde quién propone la cuestión con quién vota sobre ella.