Test: Procedimiento administrativo común (61 preguntas)

Preguntas y respuestas del test

1. ¿Qué ámbito regula de forma completa y sistemática la Ley 39/2015?

La organización de los órganos administrativos, incluidas sus relaciones jerárquicas y competencias internas
La gestión presupuestaria de las Administraciones Públicas, incluidas la elaboración y ejecución del gasto
Las relaciones externas de las Administraciones Públicas con los ciudadanos, incluidas diversas formas de actuación administrativa
Las relaciones internas entre Administraciones Públicas y sus instituciones, incluidas sus reglas de organización

Las relaciones externas de las Administraciones Públicas con los ciudadanos, incluidas diversas formas de actuación administrativa

Explicación

La Ley 39/2015 regula las relaciones externas con los ciudadanos cuando la Administración ejerce, entre otras, la autotutela, la potestad reglamentaria y la iniciativa legislativa. La organización interna entre Administraciones e instituciones corresponde a relaciones ad intra, no al ámbito señalado.

2. ¿Qué papel desempeña la Ley 39/2015 respecto de la normativa presupuestaria?

La armoniza, al fijar un procedimiento presupuestario común que desplaza las normas presupuestarias específicas
La complementa, en particular junto con las leyes orgánicas y generales sobre estabilidad, presupuesto y presupuestos estatales
La desarrolla, al regular principalmente la fiscalización presupuestaria y el control del gasto de las Administraciones
La sustituye, al establecer un régimen completo para elaborar y ejecutar los presupuestos de las Administraciones Públicas

La complementa, en particular junto con las leyes orgánicas y generales sobre estabilidad, presupuesto y presupuestos estatales

Explicación

La Ley 39/2015 complementa la normativa presupuestaria, entre ella la Ley Orgánica 2/2012, la Ley 47/2003 y la Ley de Presupuestos Generales del Estado. No sustituye esas normas ni convierte la regulación del procedimiento administrativo en un régimen general de elaboración presupuestaria.

3. ¿Qué caracteriza al procedimiento administrativo como instrumento para adoptar decisiones de la Administración?

Un conjunto de normas sustantivas que define el contenido de los actos sin ordenar las actuaciones para producirlos
Un conjunto ordenado de trámites y actuaciones formalizados por el cauce legal para dictar un acto o expresar la voluntad administrativa
Una fase de revisión posterior que controla los actos administrativos una vez que la Administración ha expresado su voluntad
Una sucesión flexible de gestiones internas que permite resolver sin seguir un cauce legal previamente establecido

Un conjunto ordenado de trámites y actuaciones formalizados por el cauce legal para dictar un acto o expresar la voluntad administrativa

Explicación

El procedimiento reúne ordenadamente trámites y actuaciones formalizados conforme al cauce legal para dictar un acto o expresar la voluntad administrativa. La revisión posterior puede controlar actos, pero no define el procedimiento como conjunto de actuaciones para producirlos.

4. Una Administración pretende actuar con eficacia, pero sostiene que puede apartarse de la ley si considera conveniente su decisión. ¿Qué principio constitucional contradice esa postura?

La eficacia administrativa permite decidir al margen del Derecho cuando la Administración considera útil la medida
La legalidad rige la organización interna, mientras que la actividad frente a los ciudadanos queda al criterio administrativo
La actividad administrativa está sometida plenamente a la Ley y al Derecho, junto con principios como eficacia y legalidad
La actuación administrativa se somete a la ley solo cuando una norma sectorial establece expresamente ese control

La actividad administrativa está sometida plenamente a la Ley y al Derecho, junto con principios como eficacia y legalidad

Explicación

El artículo 103 establece principios como la eficacia y la legalidad, y somete plenamente la actividad administrativa a la Ley y al Derecho. La eficacia no habilita a prescindir de la legalidad, como presupone una de las interpretaciones planteadas.

5. Al regular una especialidad procedimental vinculada a su organización, ¿qué margen tiene una comunidad autónoma frente a las reglas estatales?

Puede establecer especialidades propias, respetando la regulación estatal del procedimiento administrativo común
Puede apartarse de las reglas comunes cuando aplique su Derecho sustantivo, sin atender a los límites estatales
Puede sustituir las reglas estatales comunes cuando la especialidad se vincule a su organización propia
Puede regular el procedimiento común estatal y dejar a la legislación estatal las especialidades autonómicas

Puede establecer especialidades propias, respetando la regulación estatal del procedimiento administrativo común

Explicación

El Estado regula el procedimiento administrativo común conforme al artículo 149.1.18.ª, mientras que las comunidades autónomas pueden establecer especialidades derivadas de su organización propia. Esa posibilidad no les permite sustituir la regulación estatal común.

6. ¿Qué cambio reconoció la Ley 11/2007 en la relación entre la ciudadanía y las Administraciones Públicas?

Impuso el uso de medios electrónicos a la ciudadanía y dejó a cada Administración decidir si habilitaba los medios necesarios
Permitió que las Administraciones ofrecieran trámites digitales, sin reconocer un derecho ciudadano a utilizarlos
Reconoció el derecho a recibir notificaciones en papel y obligó a las Administraciones a conservar canales presenciales
Reconoció el derecho a relacionarse electrónicamente y obligó a las Administraciones a dotarse de medios para hacerlo efectivo

Reconoció el derecho a relacionarse electrónicamente y obligó a las Administraciones a dotarse de medios para hacerlo efectivo

Explicación

La Ley 11/2007 reconoció el derecho ciudadano a relacionarse electrónicamente con las Administraciones y les impuso dotarse de medios para hacerlo efectivo. La norma no se limitó a permitir que la Administración ofreciera servicios digitales ni estableció la obligación ciudadana descrita en otro distractor.

7. ¿Qué objetivo de la Ley 39/2015 combina la reorganización normativa con la modernización del funcionamiento administrativo?

Unificar la normativa presupuestaria y establecer la tramitación electrónica como una opción administrativa ocasional
Reunir las reglas sobre relaciones entre Administraciones y trasladar la regulación de los procedimientos a cada órgano
Sustituir las normas de procedimiento por reglas de organización interna y conservar los trámites en soporte tradicional
Integrar y clarificar la regulación dispersa del procedimiento y consolidar el funcionamiento electrónico habitual

Integrar y clarificar la regulación dispersa del procedimiento y consolidar el funcionamiento electrónico habitual

Explicación

La Ley 39/2015 pretende integrar y clarificar la regulación dispersa del procedimiento administrativo y consolidar el funcionamiento electrónico habitual de las Administraciones. No se propone sustituir el procedimiento por reglas de organización interna ni limitar la administración electrónica a un uso ocasional.

8. ¿Qué combina la regulación inteligente para alcanzar sus objetivos regulatorios?

La sustitución de los objetivos regulatorios por incentivos económicos y la eliminación de los procedimientos administrativos.
La fijación de controles uniformes que aumentan las cargas administrativas para asegurar el cumplimiento de los objetivos.
La reducción de la intervención pública mediante la transferencia de los procedimientos a entidades privadas.
El cumplimiento de esos objetivos con incentivos que dinamizan la actividad económica, simplifican procesos y reducen cargas administrativas.

El cumplimiento de esos objetivos con incentivos que dinamizan la actividad económica, simplifican procesos y reducen cargas administrativas.

Explicación

La regulación inteligente persigue los objetivos regulatorios y, a la vez, promueve la actividad económica y simplifica los procesos y las cargas. Aumentar las cargas mediante controles uniformes no refleja ese propósito de simplificación.

9. Al planificar la evaluación de una norma, ¿qué enfoque se ajusta a una evaluación de impacto completa?

Evaluar sus efectos antes de aprobarla y consultar a la ciudadanía después de su entrada en vigor.
Evaluar sus efectos antes y después de aprobarla e incorporar participación ciudadana y empresarial en su elaboración.
Evaluar sus efectos después de aprobarla e incorporar la participación empresarial durante su elaboración.
Evaluar sus efectos antes y después de aprobarla, sin incorporar participación externa en su elaboración.

Evaluar sus efectos antes y después de aprobarla e incorporar participación ciudadana y empresarial en su elaboración.

Explicación

La evaluación de impacto debe ser continua, por lo que comprende momentos anteriores y posteriores a la aprobación, y debe acompañarse de participación ciudadana y empresarial. Limitarla a la etapa previa dejaría fuera la evaluación posterior.

10. ¿Qué materias regula la Ley en relación con la actuación administrativa?

El procedimiento sancionador y la responsabilidad patrimonial, junto con las reglas sobre elecciones y partidos políticos.
La validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y los principios de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
La validez de los actos administrativos y los procedimientos judiciales, pero no el ejercicio de la potestad reglamentaria.
La organización interna de todas las Administraciones, la aprobación de sus presupuestos y los principios de contratación pública.

La validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y los principios de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

Explicación

La Ley comprende la validez y eficacia de los actos, el procedimiento común —incluidos el sancionador y el de reclamación de responsabilidad— y los principios de iniciativa legislativa y potestad reglamentaria. La regulación de procedimientos judiciales no forma parte de ese objeto.

11. Una Administración quiere introducir un trámite adicional en un procedimiento y regular, además, el órgano competente y los plazos. ¿Qué instrumento corresponde a cada medida?

Un reglamento para ambas medidas, si la Administración considera eficaces las modificaciones.
Un reglamento para el trámite adicional y una ley para las especialidades sobre órgano y plazos.
Una ley para ambas medidas, porque toda regla procedimental requiere rango legal.
Una ley motivada para el trámite adicional y un reglamento para las especialidades sobre órgano y plazos.

Una ley motivada para el trámite adicional y un reglamento para las especialidades sobre órgano y plazos.

Explicación

Los trámites adicionales o distintos requieren una ley motivada y deben resultar eficaces, proporcionados y necesarios; ciertas especialidades, como órganos y plazos, pueden establecerse reglamentariamente. La confusión más plausible consiste en invertir los instrumentos aplicables a cada medida.

12. ¿A qué conjunto de entidades se aplica la Ley?

A las Administraciones estatal y locales y al sector público institucional, con exclusión de las autonómicas.
A las Administraciones estatal, autonómicas y locales, pero no al sector público institucional.
A la Administración General del Estado y a las Administraciones autonómicas, con exclusión de las entidades locales.
A la Administración General del Estado, las Administraciones autonómicas y locales, y el sector público institucional.

A la Administración General del Estado, las Administraciones autonómicas y locales, y el sector público institucional.

Explicación

El ámbito de aplicación incluye las Administraciones estatal, autonómicas y locales, además del sector público institucional. Excluir a las entidades locales dejaría fuera uno de los grupos expresamente comprendidos.

13. ¿En qué situación puede un menor actuar ante una Administración Pública?

Cuando se trate de derechos o intereses que pueda ejercer sin asistencia, conforme a las normas civiles.
Cuando sus representantes legales hayan iniciado el procedimiento y autoricen cada actuación del menor.
Cuando el procedimiento verse sobre cualquier interés colectivo y el menor pertenezca al grupo afectado.
Cuando una entidad pública le otorgue capacidad administrativa, aunque las normas civiles exijan asistencia.

Cuando se trate de derechos o intereses que pueda ejercer sin asistencia, conforme a las normas civiles.

Explicación

Los menores pueden actuar respecto de los derechos e intereses que puedan ejercer sin asistencia, de acuerdo con las normas civiles. La pertenencia a un grupo afectado no elimina por sí misma los límites de capacidad aplicables.

14. Una persona no inició un procedimiento, pero acredita que la resolución puede afectar a sus intereses legítimos y se persona antes de la resolución definitiva. ¿Qué condición puede tener?

La de interesada solo si demuestra que la resolución afectará a un derecho individual y no a un interés legítimo.
La de interesada en el procedimiento, por personarse a tiempo y acreditar la posible afectación de sus intereses legítimos.
La de representante de la Administración, porque la afectación de intereses le permite intervenir en su nombre.
La de promotora del procedimiento, porque personarse equivale a haberlo iniciado desde el comienzo.

La de interesada en el procedimiento, por personarse a tiempo y acreditar la posible afectación de sus intereses legítimos.

Explicación

Puede ser interesado quien se persone antes de la resolución definitiva y pueda ver afectados sus intereses legítimos. Haber iniciado el procedimiento no es un requisito para esta categoría.

15. Una persona presenta un recurso en nombre de otra y después realiza una gestión de mero trámite. ¿Cómo se trata la representación en cada actuación?

Se presume para ambas actuaciones, siempre que la persona representada esté identificada.
Debe acreditarse para ambas actuaciones, porque se realizan en nombre de otra persona.
Debe acreditarse para presentar el recurso y se presume para la gestión de mero trámite.
Se presume para presentar el recurso y debe acreditarse para la gestión de mero trámite.

Debe acreditarse para presentar el recurso y se presume para la gestión de mero trámite.

Explicación

La representación debe acreditarse para interponer recursos, mientras que se presume para actos y gestiones de mero trámite. La presunción propia de una gestión ordinaria no se extiende a la presentación de un recurso.

16. Si falta la acreditación de la representación al realizar un acto, ¿qué plazo puede permitir que se tenga por realizado?

Un plazo de 30 días que comienza automáticamente al presentarse el acto sin acreditación.
Un plazo fijo de cinco días, sin posibilidad de ampliarlo por las circunstancias del caso.
El plazo de 10 días que conceda el órgano administrativo, ampliable si las circunstancias lo requieren.
Un plazo de 10 días fijado por la persona interesada, con independencia de lo que conceda el órgano.

El plazo de 10 días que conceda el órgano administrativo, ampliable si las circunstancias lo requieren.

Explicación

La falta o insuficiencia de acreditación no impide tener por realizado el acto si se subsana dentro del plazo de 10 días concedido por el órgano, o en uno superior cuando las circunstancias lo requieran. No se trata de un plazo invariable de cinco días.

17. ¿Qué puede utilizarse para acreditar electrónicamente la identidad de una persona ante una Administración?

Un sistema de firma avanzada, aunque carezca de certificado cualificado y de registro previo.
Un certificado cualificado de firma, un certificado cualificado de sello u otro sistema válido que cumpla las condiciones legales.
Una declaración del interesado, sin necesidad de utilizar un sistema de identificación válido.
Un certificado de sello no cualificado, con independencia de las condiciones legales aplicables.

Un certificado cualificado de firma, un certificado cualificado de sello u otro sistema válido que cumpla las condiciones legales.

Explicación

La identificación electrónica admite certificados cualificados de firma o sello y otros sistemas válidos que cumplan las condiciones legales, incluido el registro previo y la comunicación. La firma avanzada sin certificado cualificado no basta por sí sola para cumplir esta regla de identificación.

18. ¿Qué sistema puede emplearse para firmar electrónicamente una actuación administrativa?

Un sistema avanzado basado en cualquier certificado, aunque no sea cualificado ni cumpla las condiciones legales.
Un sistema de identificación con certificado cualificado, aunque no permita realizar una firma electrónica.
Un sistema de sello electrónico que no esté basado en certificado cualificado ni reúna las condiciones legales.
Un sistema cualificado o avanzado basado en un certificado cualificado, o un sistema válido que cumpla las condiciones legales.

Un sistema cualificado o avanzado basado en un certificado cualificado, o un sistema válido que cumpla las condiciones legales.

Explicación

La firma electrónica puede realizarse con sistemas cualificados o avanzados basados en certificados cualificados, con sistemas de sello que cumplan esa base o con otros sistemas válidos. Un sistema de identificación no equivale necesariamente a un sistema admitido para firmar.

19. Una persona ya ha acreditado su identidad en un procedimiento. ¿En cuál de estas actuaciones exige la Administración la firma con carácter general?

Al recibir una notificación relativa al procedimiento.
Al consultar el estado de la tramitación de su expediente.
Al presentar un recurso contra una resolución administrativa.
Al solicitar información general sobre los servicios disponibles.

Al presentar un recurso contra una resolución administrativa.

Explicación

Aunque para las actuaciones procedimentales suele bastar con acreditar previamente la identidad, la interposición de recursos es una actuación para la que se exige firma. Consultar el estado de un expediente no figura entre las actuaciones enumeradas que requieren firma.

20. ¿Cuál de estas opciones reúne derechos de las personas en su relación con las Administraciones Públicas?

Recibir asistencia electrónica y trato respetuoso, pero utilizar la firma solo con autorización administrativa.
Acceder a información pública y exigir responsabilidades, pero renunciar al uso de lenguas oficiales.
Comunicarse mediante el Punto de Acceso General electrónico, recibir asistencia y proteger sus datos personales.
Elegir el canal electrónico incluso cuando una norma impone ese canal y omitir la identificación en sus trámites.

Comunicarse mediante el Punto de Acceso General electrónico, recibir asistencia y proteger sus datos personales.

Explicación

Entre los derechos reconocidos están la comunicación por el Punto de Acceso General electrónico, la asistencia electrónica y la protección de datos personales, junto con otros derechos. La elección del canal no prevalece cuando una norma obliga a relacionarse electrónicamente.

21. Una persona física no sujeta a una obligación legal de tramitación electrónica quiere cambiar el canal que utiliza ante la Administración. ¿Qué puede hacer?

Cambiar de canal solo al iniciar un procedimiento administrativo nuevo.
Usar el canal electrónico si la Administración lo autoriza para cada actuación concreta.
Elegir el canal al presentar la primera solicitud, pero mantenerlo durante cada procedimiento.
Elegir y cambiar en cualquier momento entre la relación electrónica y otros canales disponibles.

Elegir y cambiar en cualquier momento entre la relación electrónica y otros canales disponibles.

Explicación

Las personas físicas pueden elegir y cambiar en cualquier momento el canal de relación con la Administración, salvo que estén obligadas por ley o reglamento. La posibilidad no se limita al inicio de un procedimiento.

22. ¿En cuál de estos casos existe obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración por la condición de la persona?

Un representante de una persona física no obligada que actúa en un trámite privado de esta.
Un profesional con colegiación obligatoria que realiza un trámite propio de su actividad profesional.
Una persona física que actúa en un asunto privado ajeno a cualquier obligación de canal electrónico.
Un profesional colegiado que realiza un trámite personal sin relación con su actividad profesional.

Un profesional con colegiación obligatoria que realiza un trámite propio de su actividad profesional.

Explicación

Los profesionales con colegiación obligatoria deben usar el canal electrónico en las actuaciones realizadas en ejercicio de su actividad profesional. La obligación no deriva de la colegiación cuando el trámite es personal y ajeno a esa actividad.

23. ¿Qué función corresponde al Registro Electrónico General de cada Administración?

Conservar documentos de procedimientos finalizados, sin registrar las entradas recibidas.
Anotar documentos recibidos por sus órganos, pero excluir las salidas de documentos oficiales.
Registrar las solicitudes ciudadanas, pero excluir los documentos recibidos por órganos administrativos.
Asentar documentos presentados o recibidos por sus órganos y entidades, y poder anotar salidas oficiales.

Asentar documentos presentados o recibidos por sus órganos y entidades, y poder anotar salidas oficiales.

Explicación

El Registro Electrónico General registra los documentos presentados o recibidos por los órganos y entidades de la Administración, y también puede anotar salidas oficiales. El archivo de documentos de procedimientos finalizados es una función distinta.

24. Una Administración organiza registros electrónicos propios para sus organismos. ¿Qué condición deben cumplir esos registros?

Registrar entradas y salidas por separado, aunque no puedan intercambiar información.
Sustituir el Registro Electrónico General por registros independientes de cada organismo.
Ser interoperables e interconectados con el Registro Electrónico General de la Administración.
Limitarse a los documentos recibidos y remitir las salidas a oficinas de Correos.

Ser interoperables e interconectados con el Registro Electrónico General de la Administración.

Explicación

Los registros electrónicos de los organismos pueden ser propios si son interoperables e interconectados, dentro de una Administración que dispone de Registro Electrónico General. La independencia sin intercambio de información no satisface esa condición.

25. Tras concluir el asiento de un documento recibido, ¿qué debe ocurrir con el documento?

Debe enviarse al destinatario siguiendo el orden alfabético de las unidades administrativas.
Debe remitirse al archivo electrónico único antes de su distribución administrativa.
Debe cursarse sin dilación a su destinatario o a la unidad administrativa correspondiente.
Debe permanecer en el registro hasta el cierre del periodo de presentación de solicitudes.

Debe cursarse sin dilación a su destinatario o a la unidad administrativa correspondiente.

Explicación

Los asientos se ordenan temporalmente e indican la fecha del día; una vez terminado el registro, los documentos se cursan sin dilación a sus destinatarios y unidades correspondientes. El archivo electrónico único se refiere a documentos de procedimientos ya finalizados.

26. Una persona quiere presentar un documento dirigido a una Administración Pública. ¿Cuál de estos lugares es una vía admitida?

Una entidad privada de mensajería que no actúa como registro habilitado.
Una representación diplomática extranjera que no sea oficina española.
Una oficina de asistencia en materia de registros.
Una oficina postal extranjera sin habilitación prevista por la normativa aplicable.

Una oficina de asistencia en materia de registros.

Explicación

Los documentos pueden presentarse, entre otros lugares previstos, en oficinas de asistencia en materia de registros. Una empresa privada de mensajería no se convierte por ese hecho en un registro habilitado.

27. ¿Qué documentos debe comprender el archivo electrónico único de cada Administración?

Los documentos electrónicos que cada órgano considere útiles, aunque el procedimiento continúe abierto.
Los documentos electrónicos y en papel de todos los procedimientos, incluso los que siguen en tramitación.
Los documentos electrónicos correspondientes a procedimientos que ya han finalizado, conforme a la normativa aplicable.
Los documentos recibidos por el Registro Electrónico General antes de su envío a las unidades responsables.

Los documentos electrónicos correspondientes a procedimientos que ya han finalizado, conforme a la normativa aplicable.

Explicación

El archivo electrónico único conserva documentos electrónicos correspondientes a procedimientos finalizados, conforme a la normativa aplicable. Los documentos de procedimientos todavía abiertos no se incluyen por el mero hecho de ser electrónicos.

28. ¿En cuál de estos casos queda exceptuada la obligación de dictar y notificar una resolución expresa?

En un procedimiento que reconoce una prestación pública.
En un procedimiento iniciado a solicitud de una persona interesada.
En un procedimiento iniciado de oficio por la Administración.
En un procedimiento que termina mediante un pacto o convenio.

En un procedimiento que termina mediante un pacto o convenio.

Explicación

La obligación general de resolver y notificar no se aplica a los procedimientos terminados por pacto o convenio, entre otras excepciones previstas. Que el procedimiento se inicie a solicitud de una persona o de oficio no lo exime por sí mismo de esa obligación.

29. Un procedimiento no establece un plazo máximo específico para notificar la resolución expresa. ¿Qué plazo se aplica?

Seis meses.
Un año.
Tres meses.
Veinte días hábiles.

Tres meses.

Explicación

Si la norma del procedimiento no fija un plazo máximo, se aplica el plazo de tres meses. El límite de seis meses rige como máximo general cuando el plazo está fijado, con las excepciones previstas para leyes o Derecho de la Unión Europea.

30. Una persona presenta una solicitud administrativa que no pertenece a ningún supuesto legal de silencio desestimatorio. ¿Qué efecto tiene, como regla general, la falta de resolución en plazo?

La Administración debe archivar la solicitud.
La solicitud se entiende estimada.
La solicitud se entiende desestimada.
El procedimiento caduca automáticamente.

La solicitud se entiende estimada.

Explicación

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el silencio es estimatorio como regla general. El silencio desestimatorio se aplica en supuestos legalmente establecidos, por lo que no se presume para cualquier solicitud.

31. En un procedimiento iniciado de oficio, la Administración ejerce una potestad sancionadora y no resuelve dentro del plazo. ¿Qué efecto produce la falta de resolución?

La ampliación automática del plazo para resolver.
La desestimación de las pretensiones de quienes comparecieron.
La estimación de las pretensiones de quienes comparecieron.
La caducidad del procedimiento.

La caducidad del procedimiento.

Explicación

Cuando un procedimiento iniciado de oficio ejerce potestades sancionadoras con efectos desfavorables, la falta de resolución en plazo produce la caducidad. La desestimación de pretensiones corresponde al supuesto de posibles derechos favorables solicitados por quienes comparecieron.

32. Una notificación se practica a las 10:20 y el plazo concedido se expresa en horas. ¿Cómo debe computarse, salvo regla distinta?

De hora en hora y de minuto en minuto desde la notificación, sin superar veinticuatro horas.
Por días naturales desde la fecha de notificación, con un máximo de treinta días.
Por días hábiles desde el día siguiente a la notificación, sin límite de duración.
Desde el primer día hábil posterior, contando jornadas completas de veinticuatro horas.

De hora en hora y de minuto en minuto desde la notificación, sin superar veinticuatro horas.

Explicación

Los plazos señalados por horas se cuentan de hora en hora y de minuto en minuto desde la notificación o publicación, y no pueden superar veinticuatro horas. El cómputo desde el día siguiente se aplica a plazos expresados en días, meses o años.

33. Una notificación concede un plazo expresado en días naturales. ¿Qué debe hacer constar respecto de ese cómputo?

Debe convertir el plazo a horas desde la notificación.
Debe señalar que el plazo comienza el día hábil siguiente.
Debe indicar que se excluyen sábados, domingos y festivos.
Debe indicar expresamente que los días son naturales.

Debe indicar expresamente que los días son naturales.

Explicación

Los plazos expresados en días se consideran hábiles por regla general, por lo que la notificación debe indicar expresamente cuando se trate de días naturales. Excluir sábados, domingos y festivos describe el cómputo ordinario de los días hábiles.

34. Un acto se notifica el 31 de enero y establece un plazo de un mes. Si febrero no tiene día equivalente, ¿cuándo vence el plazo?

El último día de febrero.
El último día hábil de enero.
El 1 de marzo.
El 31 de marzo.

El último día de febrero.

Explicación

El plazo comienza el día siguiente a la notificación y, al expresarse en meses, vence el mismo día del mes de vencimiento. Si ese mes carece de día equivalente, vence el último día del mes.

35. Una persona presenta electrónicamente un documento en un día inhábil y el plazo aplicable está expresado en días hábiles. ¿Qué fecha se considera, a efectos del plazo, como presentación?

La primera hora del siguiente día hábil, conservando el orden de presentación.
La primera hora del segundo día hábil posterior, conservando el orden de presentación.
El último minuto del día inhábil, según la hora de envío.
El momento en que la oficina administrativa revise el documento.

La primera hora del siguiente día hábil, conservando el orden de presentación.

Explicación

El registro electrónico permite presentar documentos todos los días y a cualquier hora; para plazos en días hábiles, una presentación en día inhábil se entiende realizada en la primera hora del siguiente día hábil y conserva su orden. La fecha no depende de cuándo el personal revise el documento.

36. ¿Qué condición permite calificar un documento como documento público administrativo?

Que se incorpore a un expediente después de su publicación.
Que lo firme cualquier persona empleada del sector público.
Que lo emita válidamente un órgano de una Administración Pública.
Que se conserve en formato electrónico por una Administración.

Que lo emita válidamente un órgano de una Administración Pública.

Explicación

Un documento público administrativo es el emitido válidamente por un órgano de una Administración Pública. El formato electrónico o la incorporación a un expediente no bastan, por sí solos, para otorgarle esa condición.

37. ¿Qué conjunto de elementos debe reunir un documento electrónico administrativo válido?

Datos de identificación, referencia temporal, metadatos ampliados y firma manuscrita digitalizada.
Información en soporte electrónico, identificación, referencia temporal, metadatos mínimos y las firmas electrónicas correspondientes.
Identificación del órgano, fecha de publicación, copia impresa y autorización de otra Administración.
Información en soporte electrónico, número de expediente, sello de registro y firma manuscrita de una persona interesada.

Información en soporte electrónico, identificación, referencia temporal, metadatos mínimos y las firmas electrónicas correspondientes.

Explicación

Los documentos electrónicos válidos incluyen información en soporte electrónico, datos de identificación, referencia temporal, metadatos mínimos y las firmas electrónicas correspondientes. Una firma manuscrita digitalizada no sustituye por sí misma a las firmas electrónicas exigidas.

38. Una Administración expide una copia auténtica de un documento original. ¿Qué efecto tiene esa copia?

Tiene la misma eficacia, pero una validez inferior a la del original.
Tiene validez informativa, pero requiere cotejo para producir efectos.
Tiene la misma validez y eficacia que el original.
Solo puede utilizarse ante el órgano que certificó el documento.

Tiene la misma validez y eficacia que el original.

Explicación

La copia auténtica, realizada por un órgano competente que garantiza la identidad del órgano y el contenido, tiene la misma validez y eficacia que el original. No queda limitada a un uso informativo ni exige un cotejo adicional por ese motivo.

39. Una persona interesada se opone a que la Administración consulte un documento que necesita para ejercer una potestad de inspección. ¿Puede oponerse a esa consulta?

Sí, siempre que el documento haya sido elaborado por otra Administración.
No, porque los interesados deben aportar de nuevo todos los documentos de un expediente.
No, porque la oposición no cabe cuando el documento se exige en el ejercicio de potestades de inspección.
Sí, porque el derecho a no aportar documentos permite oponerse a cualquier consulta administrativa.

No, porque la oposición no cabe cuando el documento se exige en el ejercicio de potestades de inspección.

Explicación

El derecho a no aportar documentos ya disponibles para la Administración tiene una excepción: no cabe oposición a la consulta cuando el documento se exige en el ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. La regla general de poder oponerse no se extiende a ese supuesto.

40. ¿Desde cuándo producen efectos, como regla general, los actos administrativos sujetos al Derecho Administrativo?

Desde que adquieren firmeza tras agotarse los recursos administrativos.
Desde la fecha en que se dictan, salvo que dispongan otra cosa.
Desde que los aprueba un órgano superior en todos los casos.
Desde que se publican, aunque no esté prevista la publicación.

Desde la fecha en que se dictan, salvo que dispongan otra cosa.

Explicación

Como regla general, estos actos se presumen válidos y producen efectos desde la fecha en que se dictan, aunque su eficacia puede demorarse en ciertos supuestos. La firmeza no es el requisito general para que comiencen a producir efectos.

41. ¿En qué condiciones puede un acto administrativo producir efectos retroactivos de forma excepcional?

Cuando cualquier interesado lo solicita y la Administración considera que el resultado sería más conveniente.
Cuando el acto impone una obligación nueva y su aplicación retroactiva facilita su cumplimiento.
Cuando los hechos necesarios ocurren después de la fecha a la que se pretende retrotraer sus efectos.
Cuando sustituye a un acto anulado o produce efectos favorables, los hechos necesarios ya existían y no se perjudica a terceros.

Cuando sustituye a un acto anulado o produce efectos favorables, los hechos necesarios ya existían y no se perjudica a terceros.

Explicación

La retroactividad excepcional se admite para sustituir actos anulados o producir efectos favorables, siempre que concurran los hechos necesarios en la fecha retrotraída y no se lesionen derechos o intereses legítimos de terceros. La mera conveniencia administrativa no basta para justificarla.

42. ¿Qué debe hacer la Administración con la notificación de una resolución y qué información debe incluir?

Cursarla en diez días desde que se publica e incluir el texto íntegro y un plazo general para solicitar su revisión.
Cursarla en quince días desde que adquiere firmeza e indicar el resumen, el órgano responsable y la fecha de archivo.
Cursarla en un mes desde que se dicta e indicar los recursos disponibles, sin precisar el órgano ni el plazo para presentarlos.
Cursarla en diez días desde que se dicta e incluir el texto íntegro, si agota la vía administrativa, los recursos, el órgano y el plazo para presentarlos.

Cursarla en diez días desde que se dicta e incluir el texto íntegro, si agota la vía administrativa, los recursos, el órgano y el plazo para presentarlos.

Explicación

La notificación debe cursarse dentro de los diez días siguientes a la fecha del acto e informar sobre su contenido y los recursos procedentes, incluidos el órgano y el plazo para presentarlos. Un resumen de la resolución no sustituye la exigencia de incluir su texto íntegro.

43. ¿En qué supuesto puede la publicación sustituir a la notificación individual?

Cuando el destinatario está identificado, pero no ha elegido recibir comunicaciones electrónicas.
Cuando los destinatarios son indeterminados o se trata de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva.
Cuando una resolución individual impone una obligación y la Administración prefiere evitar el contacto directo.
Cuando el acto pone fin a la vía administrativa y se ofrecen recursos contra él.

Cuando los destinatarios son indeterminados o se trata de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva.

Explicación

La publicación puede sustituir a la notificación, entre otros casos, cuando los destinatarios son indeterminados o en procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva. La existencia de recursos contra una resolución no convierte por sí misma la notificación individual en publicación.

44. ¿Cuál de estas circunstancias determina la nulidad de pleno derecho de un acto administrativo?

Que se haya dictado fuera de plazo, aunque la naturaleza del plazo no atribuya relevancia a la demora.
Que incurra en una infracción del ordenamiento que no esté prevista como causa de nulidad.
Que proceda de un órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.
Que contenga un defecto formal que no impida alcanzar su finalidad ni cause indefensión.

Que proceda de un órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.

Explicación

La incompetencia manifiesta por razón de la materia o del territorio es una causa de nulidad de pleno derecho. Una infracción que no encaje en una causa de nulidad puede dar lugar a anulabilidad, no necesariamente a nulidad.

45. ¿Cuándo puede un defecto de forma causar la anulabilidad de un acto administrativo?

Cuando la Administración considere que habría sido preferible emplear otro formato documental.
Cuando el acto haya sido dictado por un órgano distinto del que instruyó el procedimiento.
Cuando falten requisitos indispensables para alcanzar su finalidad o se produzca indefensión.
Cuando exista cualquier irregularidad formal, aunque no afecte a la finalidad ni a la defensa.

Cuando falten requisitos indispensables para alcanzar su finalidad o se produzca indefensión.

Explicación

El defecto formal causa anulabilidad si impide alcanzar la finalidad del acto por falta de requisitos indispensables o si produce indefensión. Una irregularidad formal sin esos efectos no basta para producir anulabilidad por esta causa.

46. Una persona interesada quiere consultar su expediente y preparar alegaciones antes de la audiencia. ¿Qué garantías puede ejercer?

Identificar al personal responsable y recibir orientación, pero consultar el expediente únicamente al finalizar.
Conocer el sentido del silencio y acceder a documentos, pero formular alegaciones solo después de la audiencia.
Conocer el estado del procedimiento, acceder a documentos y copias, y formular alegaciones antes de la audiencia.
Obtener copias y orientación, pero presentar originales en todos los casos y actuar sin asistencia de asesor.

Conocer el estado del procedimiento, acceder a documentos y copias, y formular alegaciones antes de la audiencia.

Explicación

Entre las garantías de las personas interesadas están conocer el estado del procedimiento, acceder a documentos y obtener copias, así como formular alegaciones antes de la audiencia. La posibilidad de alegar no queda aplazada hasta después de esa audiencia.

47. ¿Qué garantía ampara a una persona a la que se atribuye una infracción en un procedimiento sancionador?

Ser presumida responsable mientras la Administración no demuestre que la infracción fue cometida por otra persona.
Conocer los hechos imputados, las posibles infracciones y sanciones, las autoridades responsables y la norma competencial, y ser presumida no responsable hasta que se demuestre lo contrario.
Conocer los hechos imputados y la identidad del instructor, pero no la norma que atribuye competencia para sancionar.
Conocer la sanción definitiva y la identidad de la autoridad sancionadora, una vez concluida la fase instructora.

Conocer los hechos imputados, las posibles infracciones y sanciones, las autoridades responsables y la norma competencial, y ser presumida no responsable hasta que se demuestre lo contrario.

Explicación

La persona presuntamente responsable tiene derecho a conocer los hechos, las posibles infracciones y sanciones, la identidad del instructor y de la autoridad sancionadora, y la norma competencial; además, se presume su inexistencia de responsabilidad mientras no se demuestre lo contrario. La presunción no es de responsabilidad.

48. Antes de iniciar un procedimiento, ¿qué puede hacer el órgano competente para valorar si conviene incoarlo?

Encargar al denunciante que decida si el procedimiento debe iniciarse y en qué términos.
Realizar actuaciones previas para conocer las circunstancias y valorar la conveniencia de iniciar el procedimiento.
Dictar la resolución final y realizar después las actuaciones necesarias para comprobar los hechos.
Imponer medidas sancionadoras y abrir el procedimiento si la persona afectada las impugna.

Realizar actuaciones previas para conocer las circunstancias y valorar la conveniencia de iniciar el procedimiento.

Explicación

Antes de iniciar el procedimiento, el órgano competente puede realizar actuaciones previas para conocer las circunstancias y valorar si conviene incoarlo. Estas actuaciones preparatorias no equivalen a dictar la resolución final.

49. Se adoptan medidas provisionales urgentes antes de iniciar un procedimiento. ¿Qué debe ocurrir para que se mantengan?

Las medidas se mantienen hasta la resolución final si fueron motivadas, aunque no sean proporcionadas.
El acuerdo de iniciación debe confirmarlas, modificarlas o levantarlas dentro de los quince días siguientes; si no se inicia el procedimiento en ese plazo, quedan sin efecto.
El órgano debe comunicar las medidas al interesado dentro de quince días, sin necesidad de incorporarlas al acuerdo de iniciación.
El órgano debe confirmarlas mediante una resolución separada dentro de los diez días siguientes, aunque no se inicie el procedimiento.

El acuerdo de iniciación debe confirmarlas, modificarlas o levantarlas dentro de los quince días siguientes; si no se inicia el procedimiento en ese plazo, quedan sin efecto.

Explicación

Las medidas urgentes anteriores al inicio deben confirmarse, modificarse o levantarse en el acuerdo de iniciación dentro de los quince días siguientes; si el procedimiento no se inicia en ese plazo, quedan sin efecto. La motivación no permite mantenerlas sin cumplir esta exigencia temporal.

50. ¿Qué conjunto de elementos debe incluir una solicitud de iniciación para identificar correctamente la pretensión y permitir su tramitación?

La identidad del interesado; el medio de notificación; los fundamentos jurídicos y la petición; lugar y fecha; y la firma, sin necesidad de identificar al órgano destinatario.
La identidad del interesado y de su representante; los hechos y la petición; el domicilio del órgano; una exposición de pruebas; y la firma de dos testigos.
La identidad del interesado y, si procede, de su representante; un medio o lugar de notificación; los hechos, razones y petición; lugar y fecha; firma o acreditación de voluntad; y el órgano destinatario.
La identidad del interesado y, si procede, de su representante; los hechos, razones y petición; lugar y fecha; una relación de documentos futuros; y la identificación del órgano instructor.

La identidad del interesado y, si procede, de su representante; un medio o lugar de notificación; los hechos, razones y petición; lugar y fecha; firma o acreditación de voluntad; y el órgano destinatario.

Explicación

La solicitud debe reunir los datos identificativos y de notificación, exponer hechos, razones y petición, indicar lugar y fecha, acreditar la voluntad e identificar el órgano destinatario. La identificación del órgano instructor no sustituye a la del órgano destinatario, y tampoco se exige incorporar una exposición de pruebas ni firmas de testigos.

51. Una solicitud incompleta recibe un requerimiento de subsanación, pero el interesado no corrige los defectos dentro del plazo concedido. ¿Qué consecuencia procede?

Se archiva la solicitud automáticamente al vencer diez días, aunque no se dicte resolución, y el plazo no admite ampliación.
Se deniega la pretensión mediante resolución sobre el fondo, después de conceder un plazo general de quince días para corregirla.
Se le tiene por desistido, previa resolución; el plazo ordinario de subsanación es de diez días y puede ampliarse hasta cinco días en ciertos casos.
Se mantiene abierto el procedimiento hasta que el interesado subsane, salvo que la Administración declare la caducidad tras cinco días adicionales.

Se le tiene por desistido, previa resolución; el plazo ordinario de subsanación es de diez días y puede ampliarse hasta cinco días en ciertos casos.

Explicación

La falta de subsanación en diez días lleva a tener al solicitante por desistido, pero es necesaria una resolución previa; en caso de especial dificultad, el plazo puede ampliarse hasta cinco días, con la excepción prevista para procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva. No se trata de una denegación sobre el fondo ni de un archivo automático sin resolución.

52. ¿Qué compromiso caracteriza a una declaración responsable presentada para ejercer un derecho?

El interesado acredita ante la Administración que ya obtuvo una autorización y queda exento de mantener los requisitos después de ejercer el derecho.
El interesado afirma bajo su responsabilidad que cumple los requisitos, dispone de la documentación acreditativa, la aportará si se le requiere y mantendrá ese cumplimiento.
El interesado comunica que reunirá los requisitos más adelante y aporta una declaración de que conservará únicamente los documentos que considere pertinentes.
El interesado solicita que la Administración compruebe previamente todos los requisitos y se compromete a presentar la documentación solo al finalizar la actividad.

El interesado afirma bajo su responsabilidad que cumple los requisitos, dispone de la documentación acreditativa, la aportará si se le requiere y mantendrá ese cumplimiento.

Explicación

La declaración responsable expresa bajo responsabilidad que se cumplen los requisitos, que se dispone de la documentación acreditativa y que se presentará cuando sea requerida, además de comprometerse a mantener el cumplimiento. La opción que exige comprobación administrativa previa confunde esta declaración con una autorización anterior al ejercicio del derecho.

53. Una persona presenta un documento necesario para iniciar una actividad y ejercer el derecho correspondiente. ¿Qué efecto producen la declaración responsable y la comunicación, y qué límite existe para exigirlas?

Permiten iniciar la actividad cuando se entrega la documentación acreditativa completa; la Administración debe elegir entre ellas antes de la presentación.
Permiten ejercer el derecho desde su presentación y eliminan las facultades de inspección; para el mismo objeto pueden exigirse juntas en fases distintas.
Permiten iniciar la actividad tras una aprobación administrativa expresa; para el mismo objeto pueden exigirse juntas si la Administración lo estima conveniente.
Permiten iniciar la actividad o ejercer el derecho desde su presentación, sin excluir la comprobación administrativa; para el mismo objeto no pueden exigirse ambas acumulativamente.

Permiten iniciar la actividad o ejercer el derecho desde su presentación, sin excluir la comprobación administrativa; para el mismo objeto no pueden exigirse ambas acumulativamente.

Explicación

La declaración responsable o la comunicación permite reconocer o ejercer el derecho o iniciar la actividad desde el día de su presentación, sin impedir las facultades de comprobación, control e inspección. La exigencia de aprobación expresa previa no corresponde a ese efecto, y tampoco cabe acumular las dos para la misma actividad o derecho.

54. ¿Qué describe el expediente administrativo dentro de un procedimiento?

La recopilación de informes y borradores internos que el órgano instructor considere útiles para preparar una resolución.
El registro electrónico de resoluciones firmes y de las actuaciones realizadas después de concluir el procedimiento.
La relación de solicitudes presentadas por los interesados, junto con las notificaciones que les hayan sido enviadas.
El conjunto ordenado de documentos y actuaciones que fundamentan la resolución y de diligencias dirigidas a ejecutarla.

El conjunto ordenado de documentos y actuaciones que fundamentan la resolución y de diligencias dirigidas a ejecutarla.

Explicación

El expediente reúne ordenadamente los documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. No se reduce a borradores e informes internos ni a un registro limitado a resoluciones firmes.

55. Al remitir un expediente administrativo, ¿qué elementos formales debe incorporar junto con los documentos y actuaciones pertinentes?

Un índice numerado y una copia electrónica certificada de la resolución, dentro de un expediente de formato electrónico.
Un índice alfabético y una copia simple en papel de la resolución, dentro de un expediente que puede tramitarse en formato físico.
Un resumen cronológico y una copia electrónica sin certificar de la resolución, dentro de un expediente de formato electrónico.
Un inventario de documentos no numerado y una copia certificada de cada actuación, dentro de un expediente mixto.

Un índice numerado y una copia electrónica certificada de la resolución, dentro de un expediente de formato electrónico.

Explicación

El expediente tiene formato electrónico e incorpora ordenadamente las actuaciones pertinentes; cuando se remite, incluye un índice numerado y una copia electrónica certificada de la resolución. Un resumen cronológico o una copia no certificada no sustituyen esos elementos.

56. ¿Cómo debe impulsarse, como regla general, un procedimiento administrativo?

A petición de los interesados, mediante actuaciones presenciales y con prioridad sobre la transparencia y la publicidad.
Por acuerdo entre las partes, mediante el canal que elijan y sin exigencias generales de celeridad.
De oficio, mediante comunicaciones en papel y con prioridad de la reserva sobre la publicidad de las actuaciones.
De oficio, por medios electrónicos y con celeridad, respetando la transparencia y la publicidad.

De oficio, por medios electrónicos y con celeridad, respetando la transparencia y la publicidad.

Explicación

El procedimiento se impulsa de oficio, por medios electrónicos y con celeridad, dentro del respeto a la transparencia y la publicidad. La tramitación no depende como regla general de un acuerdo entre las partes ni se caracteriza por la reserva frente a la publicidad.

57. En un procedimiento hay dos trámites que pueden impulsarse simultáneamente y otro que debe cumplirse después de que finalice uno anterior. ¿Cómo deben ordenarse?

Los trámites simultáneos se cumplen uno tras otro, mientras que el trámite sucesivo se incorpora al acto inicial.
Los dos trámites compatibles se acuerdan en un solo acto, mientras que el trámite sucesivo se realiza siguiendo el orden que le corresponda.
Los trámites simultáneos se agrupan al final del procedimiento, y el sucesivo se acuerda junto con cualquier actuación pendiente.
Los tres trámites se acuerdan en un solo acto, porque la celeridad elimina la necesidad de respetar su secuencia.

Los dos trámites compatibles se acuerdan en un solo acto, mientras que el trámite sucesivo se realiza siguiendo el orden que le corresponda.

Explicación

Los trámites que admiten impulso simultáneo y no tienen que cumplirse sucesivamente se acuerdan en un solo acto; los sucesivos deben realizarse en su orden. La confusión habitual consiste en agrupar también los trámites cuya naturaleza exige que uno preceda a otro.

58. Durante la instrucción, ¿quién practica los actos necesarios para determinar y comprobar los hechos, y qué facultad conservan los interesados?

La Administración los realiza de oficio y por medios electrónicos, sin perjuicio de que los interesados propongan actuaciones.
Los interesados los realizan por iniciativa propia y en soporte electrónico, mientras la Administración se limita a admitir propuestas.
La Administración los realiza a petición del interesado y en soporte presencial, sin admitir actuaciones propuestas por las partes.
Un órgano independiente los practica de oficio y en papel, mientras los interesados pueden sustituir las comprobaciones oficiales.

La Administración los realiza de oficio y por medios electrónicos, sin perjuicio de que los interesados propongan actuaciones.

Explicación

Los actos de instrucción necesarios para conocer y comprobar los hechos se realizan de oficio y por medios electrónicos, pero los interesados conservan el derecho a proponer actuaciones. La intervención de oficio no elimina esa facultad ni convierte la instrucción en una actividad que dependa exclusivamente de las partes.

59. Antes de la audiencia, una persona desea alegar sobre el fondo del asunto y, más adelante, advertir un defecto de tramitación. ¿Cuándo puede hacerlo?

Puede presentar alegaciones antes de la audiencia, pero debe denunciar cualquier defecto dentro de los diez días siguientes a su detección.
Puede presentar alegaciones y documentos antes de la audiencia, y denunciar defectos de tramitación durante todo el procedimiento.
Puede presentar alegaciones sobre el fondo durante todo el procedimiento, pero denunciar defectos solo antes de la audiencia.
Puede presentar alegaciones y documentos únicamente durante la audiencia, y denunciar defectos tras dictarse la resolución.

Puede presentar alegaciones y documentos antes de la audiencia, y denunciar defectos de tramitación durante todo el procedimiento.

Explicación

Las alegaciones y los documentos pueden presentarse en cualquier momento anterior al trámite de audiencia, mientras que los defectos de tramitación pueden denunciarse durante todo el procedimiento. Por eso, limitar la denuncia de defectos a un plazo contado desde su detección no refleja la regla aplicable.

60. En un procedimiento se abre primero un período ordinario de prueba y luego uno extraordinario. ¿Qué duración puede tener cada uno?

El ordinario tiene una duración fija de treinta días, y el extraordinario se limita a cinco días.
El ordinario dura entre diez y treinta días, y el extraordinario no puede superar diez días.
El ordinario dura hasta diez días, y el extraordinario puede prolongarse entre diez y treinta días.
El ordinario dura entre diez y treinta días, y el extraordinario puede alcanzar treinta días adicionales.

El ordinario dura entre diez y treinta días, y el extraordinario no puede superar diez días.

Explicación

El período ordinario de prueba se sitúa entre diez y treinta días, mientras que el extraordinario tiene un máximo de diez días. Confundir ambos lleva a atribuir al período extraordinario la duración más extensa prevista para el ordinario.

61. Salvo que una disposición establezca otra cosa, ¿cuál es el régimen general de los informes y qué puede ocurrir si falta a tiempo uno preceptivo?

Son preceptivos y vinculantes, deben emitirse en diez días, y su falta obliga a resolver el procedimiento de inmediato.
Son facultativos y vinculantes, deben emitirse en quince días, y su falta suspende automáticamente cualquier plazo de tramitación.
Son facultativos y no vinculantes, deben emitirse en diez días, y la falta de un informe preceptivo a tiempo puede suspender el plazo máximo para resolver.
Son preceptivos y no vinculantes, deben emitirse en cinco días, y su falta permite prescindir de la resolución final.

Son facultativos y no vinculantes, deben emitirse en diez días, y la falta de un informe preceptivo a tiempo puede suspender el plazo máximo para resolver.

Explicación

Como regla general, los informes son facultativos y no vinculantes, y el plazo para emitirlos es de diez días; si no se emite a tiempo uno preceptivo, puede suspenderse el plazo máximo para resolver. La falta del informe no convierte todos los informes en vinculantes ni elimina la obligación de resolución.

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¿Qué relaciones regula completa y sistemáticamente la Ley 39/2015?

Las relaciones externas de las Administraciones Públicas con los ciudadanos.

¿Qué potestades y facultades abarca la Ley 39/2015 en esas relaciones externas?

La autotutela, la potestad reglamentaria y la iniciativa legislativa.

¿Qué es el procedimiento administrativo?

Es el conjunto ordenado de trámites y actuaciones realizados por el cauce legal para dictar un acto administrativo o expresar la voluntad de la Administración.

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